PROCESO
DE NORMALIZACIÓN (DT 3ª RD 2393/2004)
CENTROS DE INFORMACIÓN EN ELCHE:
* Asociación de Solidaridad con los Trabajadores Inmigrantes (ASTI)
(Oficina del Obispado)
Locales Pª Desamparados C/ Gilberto
Martínez nº 47 Elche.
* Comisiones Obreras (CCOO), CITE, CITMI C/Françesc
Ruiz Brú, nº 1 Elche.
* Elche Acoge, Travesía san Joaquín, nº 2 Elche
* UGT. C/ Plaza de la constitución nº 3 cp: 03203 Elche. Tno: 965453812
CENTROS DE PRESENTACIÓN EN ELCHE:
* Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) C/ Frau Jaume Torres nº 32-AC Elche
Horario de atención: Lunes a
Viernes.
* Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) Administración 03/08 . Avda de Alicante nº 3 cp
03203 Elche
Horario de atención: Lunes a
Jueves de 16 a 19 h.
Nota para los interesados: Cuidado sobre contratos de trabajo donde la
empresa no exista y por tanto se queden sin documentación. En estos casos
denuncien a los presuntos estafadores.
EL
7 DE FEBRERO SE ABRE EL PLAZO hasta 7 DE MAYO
Guía práctica para la regularización de inmigrantes
"sin papeles"
· Modelo de solicitud para empresarios y empleadores (pdf)
(Documento no oficial)
· Modelo de solicitud para trabajadores discontinuos del servicio doméstico (pdf)
(Documento no oficial)
· Gráfico: Dónde entregar las solicitudes
· Servicio de atención telefónica en materia de Extranjería e Inmigración:
900 150 000
· El plazo
para la presentación de solicitudes estará abierto del 7 de febrero al 7 de
mayo. La persona o empresa empleadora (o su representante legal)
debe dirigirse a las oficinas de la Seguridad Social habilitadas para ello, y
adjuntar al modelo de solicitud
los siguientes documentos:
· copia y original (para su cotejo) del pasaporte o documento que
identifique al extranjero;
· un certificado que
acredite su empadronamiento en España antes del 8 de agosto de 2004;
· un certificado de
antecedentes penales;
· DNI o CIF y documento de inscripción
de la empresa en la Seguridad Social;
· y un contrato de trabajo de un mínimo
de seis meses de duración, con las siguientes excepciones: tres
meses en el caso de contratos de trabajos agrícolas; seis meses repartidos a lo
largo de un año en el caso de la hostelería y la construcción; además, en el
caso de trabajadores del servicio doméstico, también existe la posibilidad de
acreditar al menos 30 horas de trabajo semanales, repartidas en distintos
hogares —sólo en este último caso, la solicitud
deberá ser presentada por el extranjero-.
· El formulario de solicitud y los documentos
adjuntos deberán presentarse por duplicado. Una de las copias se
devolverá, sellada, al solicitante.
· La Administración española se encargará de
comprobar que el solicitante no tiene antecedentes penales en España.
Si la solicitud es
admitida, el empresario recibirá una autorización de trabajo
"provisional" para, en el plazo de un mes, dar de alta al extranjero
en la Seguridad Social. Cumplido este último requisito, se enviará al
empresario el permiso de residencia y trabajo -de un año de duración- del
inmigrante. Éste, finalmente, tendrá un plazo de 30 días para conseguir su
Tarjeta de Identidad.