PROCESO DE NORMALIZACIÓN (DT 3ª RD 2393/2004)

 

CENTROS DE INFORMACIÓN EN ELCHE:

 

* Asociación de Solidaridad con los Trabajadores Inmigrantes (ASTI) (Oficina del Obispado)

  Locales Desamparados C/ Gilberto Martínez nº 47 Elche.

 

* Comisiones Obreras (CCOO), CITE, CITMI  C/Françesc Ruiz Brú, nº 1 Elche.

 

* Elche Acoge, Travesía san Joaquín, nº 2 Elche

 

* UGT. C/ Plaza de la constitución nº 3 cp: 03203 Elche. Tno: 965453812

 

 

CENTROS DE PRESENTACIÓN EN ELCHE:

 

*  Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) C/ Frau Jaume Torres nº 32-AC Elche

   Horario de atención: Lunes a Viernes.

 

* Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) Administración 03/08 . Avda de Alicante nº 3 cp 03203 Elche

   Horario de atención: Lunes a Jueves de 16 a 19 h.  


 

 Nota para los interesados:  Cuidado sobre contratos de trabajo donde la empresa no exista y por tanto se queden sin documentación. En estos casos denuncien a los presuntos estafadores. 

 

EL 7 DE FEBRERO SE ABRE EL PLAZO hasta 7 DE MAYO
Guía práctica para la regularización de inmigrantes "sin papeles"

·    Modelo de solicitud para empresarios y empleadores (pdf)

(Documento no oficial)

·  Modelo de solicitud para trabajadores discontinuos del servicio doméstico (pdf)

(Documento no oficial)

·  Gráfico: Dónde entregar las solicitudes

·  Servicio de atención telefónica en materia de Extranjería e Inmigración: 900 150 000

·  El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto del 7 de febrero al 7 de mayo. La persona o empresa empleadora (o su representante legal) debe dirigirse a las oficinas de la Seguridad Social habilitadas para ello, y adjuntar al modelo de solicitud los siguientes documentos:

·  copia y original (para su cotejo) del pasaporte o documento que identifique al extranjero;

·  un certificado que acredite su empadronamiento en España antes del 8 de agosto de 2004;

·  un certificado de antecedentes penales;

·  DNI o CIF y documento de inscripción de la empresa en la Seguridad Social;

·  y un contrato de trabajo de un mínimo de seis meses de duración, con las siguientes excepciones: tres meses en el caso de contratos de trabajos agrícolas; seis meses repartidos a lo largo de un año en el caso de la hostelería y la construcción; además, en el caso de trabajadores del servicio doméstico, también existe la posibilidad de acreditar al menos 30 horas de trabajo semanales, repartidas en distintos hogares —sólo en este último caso, la solicitud deberá ser presentada por el extranjero-.

·  El formulario de solicitud y los documentos adjuntos deberán presentarse por duplicado. Una de las copias se devolverá, sellada, al solicitante.

·  La Administración española se encargará de comprobar que el solicitante no tiene antecedentes penales en España.

Si la solicitud es admitida, el empresario recibirá una autorización de trabajo "provisional" para, en el plazo de un mes, dar de alta al extranjero en la Seguridad Social. Cumplido este último requisito, se enviará al empresario el permiso de residencia y trabajo -de un año de duración- del inmigrante. Éste, finalmente, tendrá un plazo de 30 días para conseguir su Tarjeta de Identidad.